Resumen | |
[J] | Interinidad por vacante. Acceso inmediato a excedencia por incompatibilidad de la persona que gana la plaza. Se considera causa válida de terminación, aunque acto seguido se adjudique nuevamente. Sistematiza y clarifica doctrina de la Sala. De acuerdo con Ministerio Fiscal, estima recurso de la CAM.(publicado en Actualidad Diaria 4098 el 12 de noviembre de 2019) |
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El núcleo de la litis se centra en determinar si constituye despido el cese de un trabajador interino por vacante por resultar cubierta su plaza tras un proceso de Promoción Profesional Específica; la singularidad del caso deriva de que quien obtiene la plaza accede de inmediato a la situación de excedencia y no llega a desempeñarla materialmente. El Supremo estima el recurso de la empleadora, estimando la suplicación y desestimando la demanda de despido. | |
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